CHA valoró el rechazo de ayer del Parlamento europeo, con más del 95 por ciento de los votos, de la directiva para la concesión de patentes de software que defendía la Comisión Europea y las grandes multinacionales del sector informático frente al movimiento del denominado software libre.
l eurodiputado electo de CHA, José Miguel Díaz Calvo, recuerda en un comunicado que su partido se ha mostrado siempre contrario a estas patentes y destacó la labor de organizaciones como Hispalinux y la asociación de Técnicos de Informática.
Por su parte, el coordinador del Rolde de la Sociedad de la Información de CHA, Carlos Mata, señala que "este resultado es una clara victoria para el software libre y el uso de los programas de código abierto".
Asimismo, se muestra partidario de que el Parlamento Europeo establezca "un justo y competitivo mercado para el software, que proporcione igualdad de oportunidades para las pequeñas y medianas empresas", al tiempo que celebra que ahora la situación continúe regida por el Convenio Europeo de Patentes, que en su artículo 52 especifica que los programas de ordenador "no están en el ámbito de lo patentable".
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Al fin algo de Cordura por parte de la comisión.
El problema es que no saben de nada.
El problema es que la mayoría de la gente que "opina" en este debate, incluyendo la gran mayoría de los que están en contra de patentes "de software", no sabe nada del tema, sino que opina basándose en diversos "bulos" que circulan por la red y en información poco objetiva suministrada por unos detractores de las patentes bastante bien organizados, que se aprovechan de la "ingenuidad" de sus "seguidores".
Por ejemplo, lo que se dice arriba de que el EPC "en su artículo 52 especifica que los programas de ordenador 'no están en el ámbito de lo patentable'" no dice toda la verdad, ya que la sección 3 del artículo en cuestión (Art. 52(3) EPC) pone una importante limitación a esta exclusión, limitación que, en mi opinión, fue correctamente interpretada en, por ejemplo, la decisión T1173/97(legal.european-patent-office.org/dg3/pdf/t971173..).
(Otra cosa es que uno tiene todo el derecho del mundo de opinar que no se deben patentar programas de ordenador, métodos de negocio, medicinas, aparatos médicos, etc., pero eso es otra cuestión)
Saludos,