La nueva ordenanza prohíbe la ubicación a una distancia menor de 100 metros de zonas «sensibles», como centros escolares y sanitarios, según informa la agencia EFE. En cuanto a las antenas existentes en una distancia inferior se exige a las compañías telefónicas su alejamiento y que su colocación no esté ni sobre el espacio considerado "sensible" ni con la dirección máxima de la antena.
simismo, si esto no fuera posible las empresas deberán reducir el nivel de radiación hasta un 25 por ciento.
Esta distancia mínima fue solicitada en una de las 157 alegaciones presentadas por asociaciones de vecinos y compañías de telefonía, de las que sólo 26 fueron aceptadas en parte o en su totalidad.
La ordenanza aprobada también endurece las condiciones para la instalación de antenas en zonas de la fachada marítima, edificios con protección estructural y ambiental y otros espacios con una especial protección paisajística y medioambiental.
Además, se prohíbe la instalación en el Castro de Elviña y de Nostián, la Torre de Hércules, el parque de Santa Margarita y el Petroglifo de Punta Herminia.
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