El Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea (UE) ha aprobado definitivamente la directiva sobre retención de datos telefónicos y de comunicaciones electrónicas a la que el Parlamento Europeo dio el visto bueno el pasado 14 de diciembre. Dicha normativa obliga a los operadores a retener los datos durante un periodo de entre seis y 24 meses para la lucha contra el terrorismo y otros delitos graves.
o todos los representates de los Estados miembros han votado a favor de la directiva. Irlanda y Eslovaquia han dado un voto negativo para mostrar su desacuerdo con la base jurídica elegida para esta legislación, aunque ello no ha impedido lograr la mayoría necesaria para sacar adelante las nuevas normas.
A partir del momento en que la directiva sea publicada en el Diario Oficial de la Unión, los estados miembros tendrán 18 meses para incorporar a su legislación interna las disposiciones de la directiva. Además, los países que lo soliciten dispondrán de 18 meses de periodo transitorio en lo que se refiere a la retención de los datos de comunicaciones a través de Internet.
Franco Frattini, comisario europeo de Justicia, Seguridad y Libertad, ha elogiado el "paso decisivo" que se ha dado con la aprobación de la directiva, que considera un "gran éxito".
La medida no afectará al contenido de las comunicaciones, al cual sólo podrán acceder las fuerzas de seguridad con una orden judicial cuando se produzcan indicios de delito. Los Estados miembros dispondrán de un plazo de 18 meses, a partir de la publicación en el Diario Oficial de la UE, para incluir la directiva en sus legislaciones nacionales. Según los cálculos del Consejo, la creación de una base de datos con todas las llamadas efectuadas y recibidas por cada usuario le supondrá a cada compañía 100 millones de euros de inversión destinada a contar con la infraestructura necesaria, y 50 millones de euros anuales por su mantenimiento. En cuanto al ámbito de la directiva, ésta se aplicará a los delitos considerados graves, y se centrará en la conservación de la información (hora, localización geográfica del origen, destino,...) relacionada con dos tipos de llamadas: las contestadas y las no contestadas siempre que la compañía ya las conserve. España ha sido una firme defensora de la conservación de las llamadas perdidas, puesto que fueron determinantes en las investigaciones de los atentados del 11-M. Para el caso de Internet, las compañías deberán conservar los datos de los correos electrónicos, así como otros datos sobre la navegación en páginas web. La nueva directiva respetará a todos aquellos países que dispongan de legislaciones que permiten la retención de mayor cantidad de datos y por más tiempo, como es el caso de Irlanda, que conserva la información 3 años, o Polonia, que se dispone a guardarla durante 15 años. El texto recibió en su momento el voto en contra de Irlanda, Eslovaquia y Eslovenia. Además, en la agenda del Consejo que ha preparado la presidencia austriaca figura el debate sobre una propuesta de reglamento que ha puesto encima de la mesa el comisario de Justicia, Seguridad y Libertad, Franco Frattini, para aplicar la misma legislación en casos de litigios transfronterizos, asunto sobre el que los Veinticinco están profundamente divididos cuando se trata de casos de violación de la intimidad o la propia imagen cometidos por medios de comunicación. A la vista de que, en este momento, las posturas parecen irreconciliables, es más que probable que el Ejecutivo comunitario opte por eliminar este controvertido punto del reglamento (el artículo 6 del mismo) para sacar adelante el resto de la normativa, según señalan fuentes diplomáticas. El desacuerdo tiene su origen en la existencia de dos tradiciones jurídicas antagónicas: una que defiende aplicar la ley del país del demandante y otra partidaria del lugar donde el medio tiene su principal difusión.Si quieres recibir cada semana las noticias más interesantes suscríbete a nuestro boletín.
Bueno, menos libertad, menos intimidad y mas parecido con las dictaduras.