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p2p

Las telefónicas no están obligadas a ceder los datos de los clientes que descargan música

Los países de la Unión Europea pueden negarse a publicar los nombres de los ciudadanos que comparten archivos en Internet en casos civiles, según dictaminó el martes el Tribunal Europeo de Justicia, una decisión que supone un revés para los dueños de los derechos de autor que intentan luchar contra la piratería digital.

30 Ene 2008 | REUTERS
E

l Tribunal Europeo de Justicia tomó esta decisión en un caso que enfrentaba a la asociación que agrupa a los productores musicales españoles, Promusicae, con la operadora Telefónica.

Telefónica argumentaba que, de acuerdo a una ley basada en las normas europeas, sólo debía revelar el nombre de uno de sus clientes de Internet en caso de acciones penales, no civiles.

"La ley comunitaria no requiere a los estados miembros, para asegurar la protección efectiva del copyright, establecer una obligación de publicar datos personales en el contexto de procesos civiles", señaló el tribunal en un comunicado.

Promusicae quería que Telefónica le proporcionara los nombres de sus clientes de Internet que compartieron material con copyright a través del programa de intercambio de archivos KaZaA, para poder iniciar acciones civiles contra ellos.

Los procesos civiles son más baratos que los penales, que normalmente requieren un número mayor de pruebas.

"Hay muchas directivas comunitarias cuyo objetivo es que los estados miembros aseguren, especialmente en la sociedad de la información, protección efectiva de la propiedad industrial, en particular del copyright", indicó el comunicado del tribunal.

"Esta protección no puede, sin embargo, afectar a los requisitos de la protección de datos personales. Las directivas sobre la protección de datos personales también permiten a los estados miembros establecer excepciones a la obligación de garantizar la confidencialidad de los datos de tráfico", añadió el tribunal.

Las normas europeas no impiden la posibilidad de que los países de la UE introduzcan obligaciones de publicar datos personales en el contexto de acciones civiles, indicó.

"Sin embargo, no apremia a los estados miembros a imponer esta obligación", indicó el tribunal.

Tags: descargas, operadoras, p2p, ue
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Comentarios
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Editar | Borrar | #1 | 30 Ene 2008, 10:56
Tengo una objecion Spain

Encontro esa decision de lo mas justo ya que pagamos el canon para CD y DVD, ademas de pagar cuotas de internet hipercaras. Sin hablar de los sistemas anticopia y lo demás...

Los P2P te permiten compartir mucho mas cosas que musica y pelis, es una rebelion contra los abusos de estas compañias. Lo unico que van hacer es pagar menos a los artistas para continuar a ganar mas dinero. Si cambiamos un poco de nuestra manera de pensar, podriamos ganar todos. Poner precios decentes y gastar menos en publicidad engañosa.

Editar | Borrar | #2 | 31 Ene 2008, 00:16
yemr Venezuela

si que bueno

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