La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF) anunció el martes la presentación de las primeras demandas civiles por daños y perjuicios contra usuarios argentinos por bajar música de internet.
os acusados son 20 usuarios que tienen en su poder más de 5.000 canciones, precisó Gabriel Salcedo, presidente de la entidad, en un comunicado de prensa."Todas esas personas tienen algo en común, pues utilizan programas de intercambio de archivos musicales por internet y pueden ser consideradas grandes 'uploaders', es decir, que suben y bajan por la red gran cantidad de temas y al hacerlo violan la Ley de Propiedad Intelectual", señaló el empresario.
Explicó que se consideran grandes 'uploaders' quienes tienen en su poder más de 5.000 canciones y las comparten con otras personas a través de programas como Kazaa o Emule. Según un estudio de mercado realizado por la consultora Cuore Consumer Research para CAPIF, solo el 6% de los usuarios jóvenes que intercambian música por internet son de un nivel socioeconómico bajo. En el último año, las conexiones de banda ancha crecieron significativamente entre los consumidores de música en Argentina y treparon del 26% al 51%. Del total de consumidores de música que tuvieron acceso a internet este año, el 39% declara que descarga música. En 2004, ese porcentaje era del 24%. La presentación de las demandas judiciales en Argentina se enmarcan en una campaña contra la piratería a nivel mundial, explicó CAPIF. Desde marzo del año pasado, se iniciaron más de 2.100 demandas contra usuarios de distintas partes del mundo.Si quieres recibir cada semana las noticias más interesantes suscríbete a nuestro boletín.
cuando entenderan que el negocio ya no esta en vender las copias de la musica sino en presentarse en vivo o en otros valeros agregados que no pueden intercambiarse por internet.... no pueden tapar el sol con una mano...
Si una persona tiene 5000 canciones, puede demostrar facilmente que no las puede escuchar todas, por lo tanto que las tenga o no, no hace diferencia. Con respecto a ser "uploaders", en la mayoria de los paises la responsabilidad es del que descarga, no del que pone a disposicion.
Es facil compararlo con otras cosas: es como si quisieran acusar de asesinato a alguien que tiene una armeria.
NO A LAS MAFIAS DISCOGRÁFICAS QUE NOS COBRAN UN OJO DE LA CARA POR ALGO QUE NO VALE NI LA MITAD, Y NO ME REFIERO A LAS MAFIAS ILEGALES, SINO A LAS QUE NOS ROBAN LEGALMENTE TODOS LOS DÍAS, CUANDO COMPRAMOS UN DISCO EN LAS TIENDAS.
YA VALE DE TANTA INQUISICIÓN, EL PUEBLO TIENE EL PODER, HUEGA DE COMPRAS
creo que no tiene nada de malo compartir lo que uno compra aun que sea por internet. lo que deverian prohibir la venta de cd grabados de musica a esos que andan por la calle y no le dicen nada.
A VER...PRIMERO QUE NADA HABRIA QUE ENSEÑARLE AL SEÑOR Gabriel Salcedo, QUE EL "UPLOADER" ES SOLO EL QUE SUBE LA INFORMACION,ES DECIR QUE LA ESCUCHA Y LA SUBE. POR OTRO LADO ESTA EL "DOWNLOADER". EESTE ESTARIA SIENDO UN POCO MENOS INFRACTOR QUE EL PRIMERO, YA QUE LA CULOPA DE SUBIR LA INFORMACION Y DE PUBLICARLA ES DEL "UPLOADER", PERO DE TODOS MODOS...
DEJEMONOS DE HINCHAR UN POQUITO...PORQUE DESPUES CUANDO UN MUSICO NO ES ESCUCHADO POR NADIE, LO PRIMERO QUE HACE ES SUBIR EL MISMO SU TEMA A LAS REDES P2P...O ME EQUIVOCO?