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MULTA DE 40.000 EUROS Y CÁRCEL

Los dos acusados de piratería informática en el Caso Conan irán a la cárcel

El Juzgado de lo Penal nº 2 de San Sebastián, Guipúzcoa, ha dictado sentencia de prisión contra los dos imputados por delitos contra la Propiedad Intelectual en el caso Superconan. Los dos imputados, acusados de vender software, películas (CD-ROM) y música (MP3) de origen ilegal a través de la Red, han sido sentenciados a uno y dos años de prisión respectivamente, el pago de una indemnización por responsabilidad civil de 41.421 euros en compensación por el software distribuido de forma no autorizada, inhabilitación para comerciar con material discográfico por cinco años y cese de la actividad ilícita.

10 May 2004 | REDACCIÓN, LA FLECHA
S

egún Luis Frutos, Presidente del Comité Español de BSA, “esta sentencia es una muestra más de no existe impunidad con todos aquellas acciones que vulneran la Propiedad Intelectual. Se trata de un delito muy grave en el que los perjudicados no son sólo las compañías fabricantes sino el conjunto de la sociedad, ya que la piratería de software destruye anualmente miles de puestos de trabajo cualificados y provoca la pérdida de millones de euros en impuestos. Desde BSA esperamos que sentencias como este supongan un precedente y un aviso para todos aquellos que atentan contra la Propiedad Intelectual”.


Según BSA, en España el índice de piratería se ha reducido dos puntos porcentuales en 2002 con respecto al ejercicio anterior, situándose en el 47%. Asimismo, las pérdidas económicas ascendieron a 97 millones de dólares. A pesar de estas mejoras España sigue siendo el segundo país de Europa Occidental con mayor índice de delito informático, siendo sólo superado por Grecia, y continúa 12 puntos por detrás de la media europea.


En España, el Ordenamiento Jurídico tipifica dentro del ámbito Penal como delitos las infracciones contra la Propiedad Intelectual del software (artículos 270 y 271), y se prevén penas de privación de libertad de hasta cuatro años, hasta cinco años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión y multas de hasta 216.000 euros.

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Comentarios
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Editar | Borrar | #1 | 01 Jul 2004, 18:35
Pamela Rojas

La piratería se ha puesto incontrolable en el mundo, especialmente con copias de DVD,Mp3, etc.

Editar | Borrar | #2 | 14 Jul 2004, 21:48
Enrique Castañeda Tuesta

2005 como año contra la piratería

Los saluda Enrique M. Castañeda Tuesta de Lima – Perú

Es lamentable que exista la PIRATERÍA, los infractores a los Derechos de Autor y Propiedad Intelectual, y mas lamentable es que los que cometen estas infracciones, se escuden en su Poder, Prestigio e Influencia, para justificar su falta. Esta es la razón por la que no hay ninguno en la cárcel.

Apoyamos totalmente la modificación del código penal para frenar la PIRATERÍA en nuestro país. Con estas modificaciones las sanciones serán ejemplares para los que infrinjan la propiedad intelectual y los derechos de Autor, se trate de quien se trate.

Es grato dirigirme a Ustedes. para comentarles sobre nuestro caso de infracción a los Derechos de Autor. Hemos denunciado ante la Oficina de Derechos de Autor ODA del INDECOPI, (Enero del 2003) a la Pontificia Universidad Católica del Perú - PUCP.

Resumen de nuestro caso.

La Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP, con su Instituto IDEAS, trabaja el proyecto denominado SURCAFE, en la zona cafetalera de San Juan del Oro en Puno, financiado por FONDOEMPLEO.

http://www.fondoempleo.com.pe/proyectos_marcha_r7.htm

Ellos elaboraron las "Guías Didácticas para la Enseñanza de la Caficultura" - como una propuesta educativa para el curso de caficultura - 5 libros para educación secundaria. Para la elaboración de las guías tomaron de nuestro manual "El ABC del Café: Cultivando Calidad" (premio Creatividad Empresarial 2000 – Comunicaciones) sin permiso alguno del Autor Ing. Msc. Enrique Castañeda Parraga y TECNATROP SRL (propietario de los derechos de Autor) www.elabcdelcafe.com http://www.upc.edu.pe/plantillas/0_0.asp?ARE=0&PFL=0&CAT=10&SUB=75&SSC=279

Lo que Tomaron

- Las caricaturas de los personajes: Juancito (representa a un agricultor),

y Cafecito (representa a un grano de café) 299 caricaturas

- 33 dibujos

- 28 párrafos(textualmente copiados)

- 8 cuadros

- 3 gráficos

- 23 fotos

- 19 fotocopiar*

* Indican que las paginas siguientes las pueden fotocopiar para trabajos

posteriores.

La Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP indica en la presentación de sus Guías, que estas fueron resultado de un trabajo en equipo de los docentes de colegios de los distritos de San Juan del Oro, Alto Inambari y Yanahuaya, Sandia, Puno, e investigadores del Área de Capacitación del Instituto IDEAS de la Pontificia Universidad Católica del Perú, en el marco del Proyecto SURCAFE.

La PUCP dice: que indican que las caricaturas, dibujos y fotos, pertenecen al autor del manual "El ABC del Café: Cultivando Calidad".

La referencia que ellos hacen es:

Imágenes, fotos y gráficos "El ABC del café" (Castañeda, Enrique: 2000)

Lo correcto hubiera sido:

Imágenes Fotos, gráficos, Caricaturas, dibujos, Párrafos: "El ABC del Café: Cultivando Calidad" Enrique Castañeda Parraga 2000

Según la ley de derecho de Autor, esto no es suficiente, porque si alguien hace uso de alguna Fotos, gráficos, Caricaturas, dibujos, Párrafos, debe citar correctamente el origen de la misma (derecho de cita), esto quiere decir que debajo de cada Fotos, gráficos, Caricaturas, dibujos, Párrafos, la PUCP debería haber citado correctamente al autor.

La ley de derechos de autor indica que tampoco se puede abusar del derecho de cita, solo se usa para aclarar o para ser mas didáctico con algún concepto o tema

La PUCP justifica esta infracción por ser una institución educativa de mucho prestigio y además que las "Guías Didácticas para la Enseñanza de la Caficultura" no las vendió, las regalo y que tampoco t

Leer el resto del comentario

2005 como año contra la piratería

Los saluda Enrique M. Castañeda Tuesta de Lima – Perú

Es lamentable que exista la PIRATERÍA, los infractores a los Derechos de Autor y Propiedad Intelectual, y mas lamentable es que los que cometen estas infracciones, se escuden en su Poder, Prestigio e Influencia, para justificar su falta. Esta es la razón por la que no hay ninguno en la cárcel.

Apoyamos totalmente la modificación del código penal para frenar la PIRATERÍA en nuestro país. Con estas modificaciones las sanciones serán ejemplares para los que infrinjan la propiedad intelectual y los derechos de Autor, se trate de quien se trate.

Es grato dirigirme a Ustedes. para comentarles sobre nuestro caso de infracción a los Derechos de Autor. Hemos denunciado ante la Oficina de Derechos de Autor ODA del INDECOPI, (Enero del 2003) a la Pontificia Universidad Católica del Perú - PUCP.

Resumen de nuestro caso.

La Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP, con su Instituto IDEAS, trabaja el proyecto denominado SURCAFE, en la zona cafetalera de San Juan del Oro en Puno, financiado por FONDOEMPLEO.

www.fondoempleo.com.pe/proyectos_marcha_r7.htm

Ellos elaboraron las "Guías Didácticas para la Enseñanza de la Caficultura" - como una propuesta educativa para el curso de caficultura - 5 libros para educación secundaria. Para la elaboración de las guías tomaron de nuestro manual "El ABC del Café: Cultivando Calidad" (premio Creatividad Empresarial 2000 – Comunicaciones) sin permiso alguno del Autor Ing. Msc. Enrique Castañeda Parraga y TECNATROP SRL (propietario de los derechos de Autor) www.elabcdelcafe.com http://www.upc.edu.pe/plantillas/0_0.asp?ARE=0&PFL=0&CAT=10&SUB=75&SSC=279

Lo que Tomaron

- Las caricaturas de los personajes: Juancito (representa a un agricultor),

y Cafecito (representa a un grano de café) 299 caricaturas

- 33 dibujos

- 28 párrafos(textualmente copiados)

- 8 cuadros

- 3 gráficos

- 23 fotos

- 19 fotocopiar*

* Indican que las paginas siguientes las pueden fotocopiar para trabajos

posteriores.

La Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP indica en la presentación de sus Guías, que estas fueron resultado de un trabajo en equipo de los docentes de colegios de los distritos de San Juan del Oro, Alto Inambari y Yanahuaya, Sandia, Puno, e investigadores del Área de Capacitación del Instituto IDEAS de la Pontificia Universidad Católica del Perú, en el marco del Proyecto SURCAFE.

La PUCP dice: que indican que las caricaturas, dibujos y fotos, pertenecen al autor del manual "El ABC del Café: Cultivando Calidad".

La referencia que ellos hacen es:

Imágenes, fotos y gráficos "El ABC del café" (Castañeda, Enrique: 2000)

Lo correcto hubiera sido:

Imágenes Fotos, gráficos, Caricaturas, dibujos, Párrafos: "El ABC del Café: Cultivando Calidad" Enrique Castañeda Parraga 2000

Según la ley de derecho de Autor, esto no es suficiente, porque si alguien hace uso de alguna Fotos, gráficos, Caricaturas, dibujos, Párrafos, debe citar correctamente el origen de la misma (derecho de cita), esto quiere decir que debajo de cada Fotos, gráficos, Caricaturas, dibujos, Párrafos, la PUCP debería haber citado correctamente al autor.

La ley de derechos de autor indica que tampoco se puede abusar del derecho de cita, solo se usa para aclarar o para ser mas didáctico con algún concepto o tema

La PUCP justifica esta infracción por ser una institución educativa de mucho prestigio y además que las "Guías Didácticas para la Enseñanza de la Caficultura" no las vendió, las regalo y que tampoco tenían porque pedir autorización al autor, porque es con fines educativos.

Hemos ganado el caso en Primera instancia (Resolución Nº 126-2003/ODA-INDECOPI) y Segunda Instancia (Resolución Nº 1230-2003/TPI-INDECOPI)Exp. Nº 00011-2003/ODA. La Resolución Nº 1230-2003/TPI-INDECOPI, indica que la PUCP, tiene que pagar al INDECOPI por concepto de multa 5 UIT. A nosotros S/ 2,075.00 por concepto de Derechos devengados y también pagarnos las costas y costos del proceso..

El 1 de marzo nos reunimos con el Secretario General de la PUCP, el Dr. Rene Quispe, gracias a gestiones realizadas por la oficina de la Sra. Congresista, Elvira de la Puente. El motivo de la reunión era saber si las altas autoridades de la PUCP estaban enteradas del tema y saber si Querían llegar a una conciliación. Al terminar la reunión el DR. Rene Quispe nos dijo que querían llegar a una conciliación, pero que tenia que consultarlo con 2 personas mas, que nos volviéramos a comunicar en 7 días. Esperamos como 15 días y no se dio la respuesta, le remitimos una carta indicándole que nos de una respuesta en un tiempo de 48 horas, caso contrario seguiríamos con el proceso (denuncia penal). A las 24 horas nos llama y dice que no van allegar a ningún acuerdo porque nosotros le hemos dado una versión de los hechos, diferente a la versión de sus abogados, y que además el caso no le parecía algo tan grave.

Actualmente la PUCP a iniciado un proceso contencioso administrativo, ante el poder judicial para pedir la anulación de la resolución del INDECOPI, Justificando nuevamente lo hecho porque:

- Son Una Institución Universitaria de mucho prestigio

- Que las publicaciones que realizaron no las vendieron

- No tenían porque pedir autorización al autor para realizar

- Que actuaron de forma inocente, y que su intención no era tomar algo que no les pertenecía

Nunca la PUCP actuó de manera inocente, porque en la manifestación del Gerente de la imprenta que diagramo e imprimió las Guías didácticas, dijo que la PUCP le indico que partes (figuras, texto, fotos, gráficos, etc.) debería tomar, y que el suponía que para este tipo de trabajos la PUCP, contaba con la autorización del Autor.

Como es posible que pueda estar pasando todo esto. No es necesario saber de derechos de autor para darse cuenta de la infracción que ha cometido la PUCP.

Es así como queremos:

Que Nuestro país se desarrolle,

Que Nuestro país sea un País de oportunidades

Entonces que seguridad tendrán los autores de soñar, para crear y producir nuevas obras, si es que se justifica a la PUCP.

O al final se impondrá el que tiene mayor poder y mayor influencia, es el que triunfa en nuestro País.

Este es el ejemplo que les daría la PUCP a: sus alumnos, a los egresados y a los que quieren postular.

La PUCP cuentan con facultad de: Arte, Comunicación, Derechos, etc. Podrían haber organizado un concurso entre los alumnos para que diseñen una caricatura de un café y un agricultor, que a lo mejor hubiera sido mas Creativo que las caricaturas del Autor y no tomar partes de nuestra obra para crear una nueva y presentarlo como su trabajo de investigación

Tenemos todos los documentos a la mano para mostrales. Quizás lo puedan utilizar como tema de discusión

Muchas gracias por su tiempo.

Atentamente

Enrique Castañeda Tuesta DNI 10052591

GERENTE – TECNATROP

Teléfono. (511) 4780186 / 98177975

NEXTEL 817*7975

Telefax. (511) 4781657

www.elabcdelcafe.com

www.tecnatrop.com

tecnatrop@tecnatrop.com / tecnatro@terra.com.pe

La federación de estudiantes de la PUCP, esta al tanto de esta infracción

Nota:

Para mediados de Julio estará lista la web, con los detalles de la infracción y también podrán ver la entrevista en el programa “La Boca del Lobo”. Estará publicado en nuestra web:

www.tecnatrop.com

Editar | Borrar | #3 | 30 Jul 2004, 21:06
Enrique Castañeda Tuesta

En el documento que el del INDECOPI (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la protección de la Propiedad Intelectual www.indecopi.gob.pe ) responde a la Universidad por el proceso contencioso administrativo dice: (párrafos independientes)

“Debía tenerse presente que se trata de una institución educativa de nivel universitario, la cual por su actividad no solo debía respetar el derecho de autor de terceros sino también promover el respeto de los mismos”.

“Este criterio, vale decir las características del infractor, es usualmente utilizado para la determinación de sanciones no solo en el ámbito administrativo sino también en el ámbito penal. En efecto agrava la situación del infractor actuar con pleno conocimiento de la infracción que comete, ya sea por su grado de instrucción o por el papel que desempeña en la Sociedad. Así pues un centro universitario de reconocido prestigio como lo es la PUCP cuenta con la asesoria técnica y legal especializada suficiente como para poder encaminar su actuación dentro de los cánones impuestos por la legislación, por dicho motivo, agrava su situación el hecho de que no obstante contar con este tipo de facilidades haya obrado en franco incumplimiento de las disposiciones que regulan y protegen los derechos de Autor”

“Este criterio, vale decir las características del infractor, es usualmente utilizado para la determinación de sanciones no solo en el ámbito administrativo sino también en el ámbito penal. En efecto, si lo que trataba la PUCP como lo ha manifestado en su demanda, era hacer que la lectura de sus textos fuera mas amena y entretenida, podía haber invertido contratando a terceros para que la elaborasen caricaturas, dibujos y demás elementos creativos y no limitarse únicamente a copiar dichos elementos de otra obra protegida por la legislación de Derechos de Autor y sin autorización de sus titulares”

“La PUCP ha reproducido parte de la obra de las personas antes mencionadas para crear una nueva obra de titularidad propia, resultando inconsistente la afirmación referida a que dicha obra (dela Universidad) haya tenido una finalidad educativa, pues, la finalidad educativa se da por ejemplo cuando un profesor extrae parte de una obra literaria para la realización de su clase, y no cuando una persona reproduce partes de una obra para crear una propia”

“La reproducción de partes de la obra que ha realizado la PUCP como se servirá apreciar la Sala, no encaja en los limites al derecho de autor señalados, por cuanto el uso que ha realizado es contrario a los usos honrados”

“En ese sentido, la Sala se servirá tener presente que la PUCP con su conducta dejo de pagar a TECNATROP y al señor Castañeda la remuneración que les correspondía por autorizar la reproducción y distribución de sus fotografías, dibujos e imágenes, lo que constituía un provecho ilícito obtenido por dicha casa de estudios, provecho que debía ser considerado al momento de fijársele la sanción.”

“La reproducción que la PUCP ha hecho de varios elementos de la obra de TECNATROP y el Sr. Castañeda, tampoco puede ampararse en la supuesta causal de excepción de reproducción de una obra con fines de enseñanza prevista en el articulo 43º del Decreto Legislativo Nº 822, pues tal reproducción no ha sido realizada por medios reprográficos, tampoco puede atribuírsele finalidad educativa porque las guías los textos de la PUCP no contienen breves pasajes de la obra antes referida, sino que a partir de la información contenida en ella, la PUCP ha elaborado una obra nueva y la ha distribuido sin reconocer los derechos patrimoniales que correspondían a los autores de la obra producida”

tecnatro@terra.com.pe

Editar | Borrar | #4 | 04 Ago 2004, 16:12
Enrique Castañeda T.

Saludos amigos

Nos imaginamos que muchos estudiantes, profesionales, etc. se preguntaran si es verdad o no todo este tema.

Porque resulta casi imposible dudar, que la PUCP cometa este tipo de infracciones.

Pero para los que quieran averiguar, saber mas de este tema. Nos pueden escribir a tecnatro@terra.com.pe y les podemos proporcionar un CD (sin costo)con los siguientes detalles:

- Nuestra denuncia

- La respuesta de la PUCP por la denuncia ante el INDECOPI

- La Resolución de la Oficina de derechos de Autor - ODA

- La Resolución del Tribunal de Propiedad Intelectual - TPI

- La respuesta del INDECOPI al proceso contencioso administrativo

- Algunas copias de las caricaturas, fotos, gráficos, cuadros y párrafos

copiados por la PUCP

- Partes del video de la entrevista en el programa “La Boca del Lobo”

Atentamente

Enrique Castañeda Tuesta

TECNATROP

tecnatro@terra.com.pe

Por razones de trabajo publicaremos los detalles de la infracción para fines de Agosto, en www.tecnatrop.com y nuestro mail será: tecnatrop@tecnatrop.com

Editar | Borrar | #5 | 02 Sep 2004, 00:36
ruth

q deben de recibir todo el peso de la ley a estos jovenes q perjudican ala empresa indicada

Editar | Borrar | #6 | 01 Nov 2004, 15:42
JOSE

NO VEN QUE ESTAN TRATANDO DE AYUDAR GENTE??? NO PUEDEN PENSAR EN AYUDAR TAMBIEN SIN OBTENER UN FIN DE LUCRO, ES POR ESO REALMENTE QUE EL PAIS NO PROGRESA.

Editar | Borrar | #7 | 19 Nov 2004, 21:50
Anónimo

por favor no escriba tanto okeyyyyyyyyyyy

Editar | Borrar | #8 | 20 Oct 2005, 03:37
Pruebas – Infracción Dere

Saludos y disculpen la demora

Aquí esta una de las pruebas.

En la dirección que indico esta la copia de la resolución del Tribunal de

Propiedad Intelectual del INDECOPI.

200.121.68.210/SPI_Jurisprudencia/documentos/1-4..

Mantengamos en contacto que en esta semana debemos tener novedades con respecto

a nuestra denuncia penal y al proceso contencioso administrativo de nuestro

caso de derechos de Autor

Atentamente

Enrique Castañeda T.

Editar | Borrar | #9 | 31 Jul 2008, 18:03
kien_dijo_blublu@hotmail

hola ijs de pt k tal esta me voi a cgar en buestra familia a k nome metis un virus ja ja mira mi msn kien_dijo_blublu@hotmail.com

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