Son pocos los sindicatos que por el momento se han adecuado a la Ley de Protección de Datos Personales. Este es el mensaje que transmiten al no cumplir con los requisitos que la ley les obliga. Datos sensibles a la deriva.
n principio, esta prohibido la creación de registros, archivos o bases de datos que almacenen información que revele datos sensibles, sin embargo existe una excepción y los sindicatos pueden llevar un registro de sus miembros (Art. 7) www.lopd.com/legislacion/protecdatos/protectdat.html
La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter personal expresa que, son datos especialmente protegidos los que revelan la ideología, afiliación sindical, religión y creencias.
El hecho de que los sindicatos no muestren interés en adecuarse a la norma, puede traer aparejada una importante desprotección a los miembros de esas organizaciones.
Si yo brindé mis datos personales para un fin determinado, ¿se pueden utilizar para cualquier otra finalidad que pueda surgir en el futuro?
La finalidad debe estar determinada de antemano, no se puede prestar un consentimiento expreso general para que utilicen esos mismos datos para fines incompatibles (Ej., publicidad, créditos, préstamos, etc).
Los datos pueden ser utilizados para fines estadísticos o científicos, pero este tratamiento se debe realizar en forma disociada, eliminando los datos que pueden identificar o hacer identificables a las personas.
Sanciones:
Aquellos que no cumplan la ley tendrán sanciones que llegan a los 600.000 euros.
En resumen, los sindicatos tienen la obligación de adecuarse a la LOPD 15/1999 y sus normas complementarias, así como también, inscribirse en el Registro General de Protección de Datos.
¿Qué datos puede solicitar una empresa a un empleado? ¿Está el empleado obligado a responder todo lo que se le pregunta en una declaración jurada nunca antes vista en otros empleos? El formulario además no deja constancia de la existencia de ningún fichero registrado ni de los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación.
Lo que se denomina juridicamente autodeterminacion informativa, significa que todos nosotros tenemos derechos relativos a los datos que brindemos, a poder conocer la finalidad de los mismos, a poder acceder en cualquier momento a esos datos, a modificarlos, a suprimirlos (segun el caso), etc.
En un formulario se debe aclarar que datos son obligatorios, su porque y su para que.
Debe existir un fichero que se pueda identificar, el cual debe ser inscripto con caracter previo en la agencia de proteccion de datos.
cualquier otra inquietud, no dudes en plantearla.
saludos !!!
En teoria si tu compras, o haces algun tipo de movimiento en en empresa, está guarga tus datos ( los que crea conveniente), pero la mayoria de las personans, no saben que esos datos se venden y que luego no puedas darte de baja de la publicidad abusiva que te llega
Hace años era cliente de una sociedad médica y hoy en dia ya no lo soy, pero quiero darme de alta en otra sociedad medica diferente. Puedo mandar una carta a la primera para que la segunda no tenga acceso a mi historial medico?
soy funcionario y recibo en mi domicilio una publicacion de mi trabajo sin mi consentimiento, me ampara la ley de datos?, dicha publicacion no la quiero recibir en mi domicilio.
¿me pueden denegar el historial medico de mi abuela? falleció hace una semana porque la dejarón desangrarse después de 1 mes que la operaran;por culpa de ese fallo perdio lo riñones.Lo unico que nos han dado ha sido analisis y las placas de torax lo otro nos lo deniegan ,segun ellos es ley¿es verdad?
mua mua